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Oficina de Adopciones Internacionales

 



RESEÑA HISTÓRICA
La Oficina de Adopciones de la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente fue creada en octubre del año 2000, según consta en Acta N° 00-10, de fecha 13-7-2000, dando así continuidad a los procesos de adopción internacional iniciados por el Instituto Nacional del menor (INAM). En diciembre del mismo año según Gaceta Oficial N° 37.090 se decide:

“Primero: Transitoriamente, la Oficina de Adopciones de la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente asumirá las funciones de la Oficina de Adopciones del Consejo Estadal de Derechos del Niño y del Adolescente del Distrito Capital, hasta tanto de cree éste Consejo Estadal y este operativa la Oficina de Adopciones respectiva. …..”

Luego de dos años ininterrumpidos de asumir transitoriamente las funciones de la prenombrada Oficina de Adopciones, es en diciembre de 2002 cuando se hace efectiva la transferencia de gestión y de expedientes de la Oficina de Adopciones del Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente a la Oficina de Adopciones del Consejo Estadal de Derechos del Niño y del Adolescente del Distrito Metropolitano.


MISIÓN
Garantizar al Niño, Niña y Adolescente, una familia sustituta permanente y adecuada, agotando las posibilidades de reinserción familiar en su familia origen y/o la posible adopción en Venezuela, mediante el ejercicio de su rectoría a nivel nacional en materia de adopciones, así como el análisis y evaluación de adoptabilidad, idoneidad, seguimiento previo y posterior a la adopción internacional, que permitan la plenitud y adecuación de la misma, en el marco de una gestión que valore las prácticas éticas y probas, conscientes de que la mejor adopción es aquella que se evita mediante el fortalecimiento familiar.

VISIÓN
Un equipo interdisciplinario proactivo, con un alto compromiso social y en la búsqueda y análisis permanente de una familia adecuada, así como de un medio idóneo y pleno para el desarrollo, crecimiento y goce efectivo de los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes.
BASE LEGAL
  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (ART. 75)
  • Convención sobre los Derechos del Niño 1989.
  • Convenio de La Haya 1993. Protección del Niño y Cooperación en Materia de Adopción
    Internacional. Ratificado por Venezuela el 8 de octubre de 1996.
  • Ley de Derecho Internacional Privado.
  • Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
  • Código de Procedimiento Civil.
  • Reglamento Interno del Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS
  • Realizar investigaciones integrales, de aspirantes a adopción, así como de potenciales adoptantes, a través del análisis, evaluación, determinación y asesoría en materia de adopciones internacionales.
  • Planificar, analizar, ejecutar y controlar las actividades administrativas relacionadas con los procesos pre y post adoptivos en materia internacional, así como articular el apoyo y asesoría con los actores de los mismos.
  • Contribuir de manera efectiva en el apoyo y fortalecimiento del Sistema de Protección, mediante el asesoramiento, opinión y recomendaciones que pueda suministrar como especialista.

VEA TAMBIÉN:
Directorio de las Oficina de Adopciones Estadales
Instructivo para la Adopción Nacional
Instructivo para la Adopción Internacional
Requisitos para la Adopción Internacional

 


 

 

 

 

 

 


 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
   
 
 
 
 
Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente. Tecnología y Sistemas. Todos los derechos reservados.2003